Ayer (14.06.19) se aprobó el texto sustitutorio de PL 1487 que propone incorporar el artículo 8-A a la ley 29196, norma de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica. Norma tuvo dictamen favorable por unanimidad de las comisiones Agraria y de Producción. Este texto sustitutorio abre la posibilidad de certificar o dar “garantías” a los pequeños productores ecológicos mediante un sistema de pares llamado Sistema de Garantías Participativas (SGP) y no solo por terceros privados como indica el texto en la actualidad.
No es una nueva ley o norma de o para la producción ecológica en el Perú, simplemente se agrega al artículo 8 la posibilidad de certificación por pares, lo que significa que para obtener el certificado o garantía se deberán cumplir como en la certificación por terceros, todos los aspectos de la norma nacional según su reglamento 044-2006-AG conocido como RTPO (Reglamento Técnico para los productos orgánicos)
Estamos muy contentos por esta posibilidad y esperamos que este sistema ayude a la pequeña agricultura a diferenciar sus productos (de la gran agricultura), para ofrecer además diversidad y salud.
Les dejamos el manual de procedimientos elaborado hace unos años por la Asociación Nacional de Productores Ecológicos – ANPE PERÚ (MANUAL) que describe el sistema y los roles de cada uno de los actores, y un interesante artículo sobre el SGP en Perú gracias Formagro.
!A organizarse !
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